La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) aprobó el uso de fotografías en las boletas electorales del estado de Coahuila, como lo establece el artículo 203 del Código Electoral local. Con esta resolución, las candidaturas podrán aparecer con imagen en las boletas que utilizarán las personas votantes.
El ministro Giovanni Figueroa Mejía señaló que la fotografía incluida en la boleta no puede interpretarse como un elemento de propaganda, sino como un recurso para identificación ciudadana.
“La fotografía inserta en las boletas electorales no puede ser calificada como propaganda electoral, pues una imagen por sí sola no constituye un mensaje persuasivo para el electorado”.
La decisión no fue unánime y generó desacuerdo entre integrantes del Pleno.
La ministra Lenia Batres Guadarrama expresó que incluir imágenes puede alterar el enfoque de la votación. Según su postura, este recurso:
“Individualiza las candidaturas y desplaza el sentido de la elección hacia la persona y no hacia los proyectos políticos”.
La ministra María Estela Ríos González argumentó que la fotografía podría trivializar el ejercicio democrático, haciendo una comparación crítica con procesos donde la apariencia tiene peso en la elección.
La ministra María Estela Ríos, incluso, comparó el uso de las imágenes con un reality show.
Como respuesta a estas posturas, Figueroa Mejía defendió que la propuesta no afecta la equidad electoral y que prohibirla sería una medida desproporcionada que asume que el electorado vota únicamente por la apariencia. El ministro calificó esa visión como un enfoque:
“Paternalista, al suponer que la ciudadanía emitirá su voto en función de la apariencia física de las candidaturas”.
Con cinco votos a favor, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) confirmó la validez del artículo 203 del Código Electoral de Coahuila relacionado con el uso de fotografías en boletas electorales.
Hugo Aguilar Ortiz, ministro presidente, añadió que el diseño de la boleta combina elementos que permiten al electorado ubicar con claridad la opción que desea elegir y que la fotografía forma parte de esa función informativa.
La Suprema Corte concluyó que la inclusión de fotografías no rompe la equidad en la contienda ni representa ventaja indebida para alguna candidatura. Con ello, las boletas electorales en Coahuila podrán incorporar imágenes para facilitar la identificación durante el voto.


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